Hoy en día, una de las mayores amenazas al usuario de la tarjeta de crédito es la aparicion de diversos gastos indebidos en nuestros resumen de cuenta. En este sentido, el origen de los mismos pueden ser de los más variados, siendo los más comunes cargos desconocidos producidos por alguna estafa, error o robo de la tarjeta, como asi tambien extraños cargos o gastos emitidos por los bancos o las empresas emisoras de las tarjetas.
¿Como hacer un reclamo en Visa, Mastercard, American Express, Tarjeta Naranja, o cualquier otro plástico que haya emitido en el país? Esa es la pregunta que se hacen muchos al realizar el control del resumen de cuenta y se desayunan que tienen cargos extraños o que nunca han realizado. En este sentido, la ley establece que el cliente dispone de 30 días a partir de la emision del resumen de cuenta para cuestionar la validez de algun cargo o gasto.
De esto se desprende que todos debemos revisar los gastos de la tarjeta apenas recibimos el resumen de cuenta. Al poder ver las operaciones online, todo se facilita por el hecho de poder ver en tiempo real los gastos que realizamos, y de esa manera, adelantarnos a la situacion de desconocimiento de gastos indebidos o ilegales.
Los gastos indebidos o ilegales más comunes son los siguientes:
- Cargos desconocidos por compras de productos que no hemos realizado.
- Ccobro de deudas inexistentes o ya pagadas
- Cargos cobrados dos veces
- Cargos por cobro de seguro de vida o por robo de tarjeta de débito
- Cargos por exceso en el límite de compra autorizado de las tarjetas de crédito.
- Cobro ilegal de comisiones y cargos en cuentas de sueldo.
- “Gasto por diferir pago”, “gastos por gestión de cobranza”, “gastos por reserva de fondos” tampoco corresponden sino han sido pactados previamente en el contrato.
Como impugnar un resumen de cuenta
Ante la aparición de cargos indebidos o que presenten dudas para el cliente, el mismo tiene el derecho de impugnar el resumen recibido dentro de los treinta (30) días de recibido. Mientras se resuelve la impugnación, tiene derecho a no pagar la operación impugnada.
Hay diversos pasos para realizar los reclamos, dependiendo de la instancia legal de los mismos. El primer paso es realizar el reclamo ante el operador o el emisor de la tarjeta de crédito (bancos o financieras). Este reclamo se puede hacer de las siguientes maneras:
- POR TELEFONO: PIDIENDO EL NUMERO DE RECLAMO
- POR INTERNET: TAMBIEN ANOTANDO EL NUMERO DE RECLAMO
- POR CARTA DOCUMENTO
- POR NOTA FIRMADA, SOLICITANDO SU CONSTANCIA DE RECEPCION
A continuación, le acercamos el modelo de la Carta de reclamo a las tarjetas de credito:
Puede acceder al archivo word para solo completar los datos haciendo click en el modelo de carta reclamo a tarjeta de credito.
¿Que sucede si nuestro reclamo no es atendido por las emisoras de las tarjetas de credito?
En el caso que nuestro reclamo no sea atendido o no sea reconocido por el banco emisor, la etapa del reclamo administrativo queda terminada y ya debemos definir que queremos hacer: si reclamar por otras vías o si dejamos todo como esta. Desde nuestro punto de vista, si usted esta disconforme, haga el reclamo sin dudarlo.
Asi, el segundo paso es el reclamo en la Secretaria de Defensa del Consumidor, para el caso que no se le ha satisfecho su reclamo o no sea plenamente satisfactorio, por ejemplo, porque no se le abono intereses por la demora en la devolución de su dinero, o los daños y perjuicios ocasionado por la demora o por los trastornos ocasionados. En este caso, deberemos concurrir a Defensa del Consumidor, mediante la presentacion de una carta que da comienzo a todo el proceso.
El modelo de la carta de presentacion ante Defensa de Consumidor es el siguiente:
Puede acceder al archivo word para solo completar los datos haciendo click en el modelo de carta reclamo ante defensa del consumidor.
La Via Judicial
En el caso que la audiencia de conciliación fuera dispuesta a una fecha remota, que prolongue el trámite innecesariamente en el tiempo, o no se llegue a ningún arreglo en Defensa del Consumidor, se puede reclamar judicialmente, sin necesidad de agotar la vía administrativa, o recurrir en forma previa. Para iniciar una Acción Judicial, requerirá un abogado que la asesore y patrocine.
Todas las acciones por defensa al consumidor gozan de gratuidad art. 53 LDC, por lo que no se abonará ninguna tasa o gasto para su inicio. A su vez, la ley establece que en caso de verse obligado a litigar judicialmente para poder reclamar el cumplimiento de las obligaciones legales Ud. podrá también reclamar una multa (sanción punitiva) que deberán pagar a su favor.
Esta multa puede ser establecida entre los $ 100 y $ 5.000.000 (Art. 47 inc. b) y 52 bis ley 24.240, dependiendo del carácter de reincidente, la cuantía de los beneficios indebidamente obtenidos, su proyección económica, el peligro de su generalización para todos los usuarios, y la repercusión de estas infracciones atento la posición en el mercado.
Dejar una contestacion