Hoy en día las instituciones de intermediación financiera son sumamente conscientes de las necesidades de sus clientes y apuntan a satisfacerla de la manera más eficiente dentro de sus posibilidades. Es por ello que entre los distintos productos que ofrecen buscando simplificar la vida de sus clientes y apoyarlos en el financiamiento de sus necesidades surgen los conocidos como adelantos de efectivo con tarjetas de crédito. ¿Como solicitar un adelanto en efectivo? es muy simple
Si bien un adelanto en efectivo con tarjeta de crédito puede ser muy necesario y hasta sonar beneficioso, como cada vez que toma un crédito, desde nuestro blog le aconsejamos precaución y prudencia al utilizarlo. Un adelanto en efectivo no es otra cosa que tomar una financiación, que será cobrada mediante nuestra tarjeta de crédito y por el cual nos cobrarán un interés, que depende de la entidad emisora de la tarjeta. Seguir leyendo Adelantos en efectivo con tarjetas de crédito…
Las tarjetas de crédito son instrumentos que permiten disponer de una cuenta de créditocon el límite que le haya concedido la entidad financiera que emitió la tarjeta. ¿Quien calcula ese límite de crédito en las tarjetas? La misma entidad emisora, teniendo en cuenta una serie de pautas e indicios de la capacidad contributiva del cliente.
El titular de la tarjeta (el deudor o acreditado) puede disponer de los fondos que le permite la entidad financiera (el acreedor o prestamista) hasta el monto límite pactado. A cambio, el cliente debe devolver el monto dispuesto, así como los intereses y comisiones bancarias pactados en los plazos previstos.
Utilizar una tarjeta para disponer de un crédito tiene para el cliente las mismas consecuencias que la disposición de cualquier otra modalidad de financiación, es muy similar a los préstamos personales. Por lo tanto, supone asumir la obligación de devolver el importe dispuesto y de pagar los intereses, comisiones bancarias y gastos pactados.
Cuando se aprueba crédito a tu nombre, el acreedor asigna un límite de crédito a tu cuenta. Este es el balance/saldo máximo que puedes tener y ayuda a mantener los cargos de tu tarjeta de crédito en niveles que puedas pagar.
Normalmente, las entidades financieras asignan a las tarjetas de crédito un límite de crédito determinado en función de la categoría de la tarjeta (ordinaria, “plata”, “oro”, etc.).
No obstante, el límite de crédito no es fijo. Por un lado, las entidades pueden ajustarlo atendiendo a su política de riesgos existente en cada momento y a las características personales y de solvencia económica de cada cliente. Por otro lado, es posible que un cliente entienda que el límite de crédito asociado a una tarjeta sea inadecuado a sus necesidades, En este supuesto la entidad habrá de aprobar la solicitud presentada a tal efecto antes de subir ese límite.
Calculo del Limite de Credito de tu tarjeta
Cada uno de los emisores de tarjetas tiene sus propias normas para fijar los límites de crédito. Los siguientes son algunos de los factores que toman en cuenta para tomar su decisión:
El tiempo durante el cual has vivido en tu residencia actual
Propiedad de vivienda
El número de veces que has solicitado créditos
Cuánto crédito necesitas o utilizas
Puedes solicitar a tu empresa de tarjetas de crédito que aumente tu límite de crédito, pero la respuesta dependerá de tu situación financiera total. Puedes calificar para un límite de crédito más alto si tus ingresos han aumentado o tu deuda ha disminuido. También puedes calificar si pagas siempre a tiempo, pagas más que el pago mínimo adeudado o pagas todo el balance/saldo.
En todo caso, la existencia de un límite implica que la entidad emisora de la tarjeta no está obligada a atender las disposiciones del cliente que superen el límite del crédito contratado.
Por ultimo, le acercamos un video explicativo de como calculan el limite de credito las entidades financieras
Las compras en cuotas con tarjetas de crédito están en su apogeo. Por todos lados vemos planes de pagos, tanto con interés como sin él, que nos ayudan a alcanzar lo que queremos en menos tiempo.
En primer lugar, es muy importante que todos seamos muy cuidadosos al momento de endeudarnos, no solo con la tarjeta de credito (mediante el uso indiscriminado de las cuotas), sino tambien mediante el uso de otros instrumentos, como son los prestamos personales o los creditos hipotecarios.
En este sentido, es fundamental saber cuanto vamos a pagar de cuota mensual, y para ello, le acercamos esta interesante aplicación para calcular la cuota. Recuerde que, en todos los casos, debe poner el Costo Financiero Total para averiguar cuanto pagará por mes.
El calculo de la cuota de la tarjetade credito puede realizarse de diversas formas. Una, la forma matematica y en la que hay que pensar, es utilizando la siguiente formula:
Interes = Capital x (tasa de interes /100) x (tiempo / unidad de tiempo)
La unidad de tiempo es cual es la marca de la tasa. Esto es, mensual (30 dias) o anual (365 dias), siendo el tiempo entonces que debe estar en la misma unidad, o sea, en dias de financiacion.
Ahora bien. Existe otra forma mas facil, y es la de utilizar simuladores en los que carga solo los datos y la computadora le tirará el resultado en un segundo. Si usted es de esos que no quiere pensar o no tiene tiempo, aqui le acercamos una calculadora de cuota de tarjetas de credito:
Aqui le dejamos recomendaciones acerca de los problemas que nos puede traer aparejado no saber endeudarse:
Debido a la gran cantidad de consultas que conciernen a este punto, desde mejorestarjetas.com.ar les acercamos la forma de ingresar a sus estados de cuenta de manera online y gratuita y en cualquier momento del día. Dicho en otras palabras, el Resumen de Cuenta de la Tarjeta Online.
Obviamente, y por cuestiones de seguridad, para acceder deberá realizar una acción de registro por única vez, llamando al número telefónico informado. Una vez hecho esto, no lo deberá repetir nunca más. Y además, estos servicios están disponibles para las tarjetas de cualquier banco, incluso muchas veces se puede acceder desde elhomebanking de la entidad directamente a nuestra tarjeta de credito, y chequear de manera inmediata los gastos realizados.
El control del Resumen de Cuenta de la tarjeta es algo que todos debemos hacer, pues es común que falte algun descuento de alguna promocion o nos carguen algun gasto administrativo de más. Ni hablar de la posibilidad del Fraude con la tarjeta de crédito.
Aquí le acercamos los accesos a los distintos resumenes de cuenta online. A su vez, al final les acercamos un video muy interesante de la Licenciada So, del BlogyLana, donde tiene importantes consejos para usar la tarjeta de credito.
Como sabrán pocas veces nos ocupamos de los mecanismos de control que debemos conocer para evitar aquellos pequeños grandes errores del sistema de financiación y liquidación de nuestras bien ponderadas tarjetas de crédito, por ello aquí les dejo solo alguna guía para tener en cuenta al momento de abrir el sobre del resumen que salvo excepciones nos llegan con cada cierre de movimiento mensual.
La entidad emisora deberá realizar y enviar todos y cada uno de los meses un resumen detallado de las operaciones realizadas ya sean por el titular o los autorizados por este, que deberá ser recibido con una anticipación mínima de cinco días anteriores al vencimiento de su obligación de pago. En caso que la misma no cumpla con dicha obligación, tenemos derecho a realizar los reclamos pertinentes, que en la mayoría de los casos cae en bolsa rota, pero sirve de algún modo como antecedente, en el caso que por su ausencia, olvidemos el vencimiento, se darán cuenta que el retraso en el pago, además de conllevar intereses, que debemos impugnar en el caso que el incumplimiento tenga que ver con dicha situación, sino que además conforma de algún modo nuestro perfil como cliente del sistema financiero, y no solo con relación a la entidad emisora. (toda la información se cruza, como ya se habrán dado cuenta)
La financiación con tarjetas de crédito se han constituído casi en la única forma de conseguir préstamos rápidos en Argentina. De hecho, son muchos los argentinos que usamos esa financiación que, aunque cara, muchas veces es necesaria.
En este artículo le acercaremos el ranking de tasas de interés que cobran las distintas tarjetas de credito de Argentina:
El Costo Financiero Total (CFT) es la principal variable que se debe tener en cuenta al elegir un préstamo personal, prendario o hipotecario, ya que es el mejor indicador del costo global que deberá afrontar el cliente. Es, en cierta medida, el único dato que tiene un cliente para comparar los precios de los créditos.
El CFT se calcula teniendo en cuenta no solo la tasa de interés nominal anual (TNA), sino también todos aquellos cargos asociados a la operación que no implican la retribución de un servicio efectivamente prestado o un genuino reintegro de gastos. Estos gastos pueden ser seguros, comisiones o gastos de mantenimiento.
El tiempo del crédito también influye en el CFT, ya que realizar un pago hoy o hacerlo más adelante tiene efectos diferentes. A mayor postergación del momento del pago, menor será el CFT, y viceversa.
En este sentido, no se deje influenciar solo por la tasa de interés, porque puede suceder que un banco que posea una mayor tasa de interés sea el que tiene un mejor Costo Financiero Total. Para graficarlo, le acercamos este ejemplo:
En este ejemplo, si bien el Banco A ofrece una mayor tasa de interés, los menores gastos asociados hacen que este préstamo sea más conveniente.
Un punto aparte merecen las tarjetas de crédito. Con el auge de las cuotas sin interés, es importante saber que toda operación realizada en cuotas tiene un costo, en este caso, el CFT, producto del efecto del seguro de vida sobre el saldo deudor de la tarjeta.
Estos seguros de vida, generalmente, tienen un costo aproximado de entre 0,25% y 0,45% mensual, sobre el saldo deudor, lo que implica que el Costo Financiero Total de una operación que incluya este seguro se encuentre aproximadamente entre el 3,00% y el 5,40% anual. De allí lo que se informa bien en grande en las publicidades de las ofertas en el banco.
Un lector nos ha hecho llegar una inquietud, con respecto a una publicidad que decía, textual, “CFT Efectivo Anual 3,01% por cada $1.000 por gestión de contratación de cobertura de seguro de vida sobre saldo deudor (en caso de corresponder). Interés: Tasa Nominal Anual 0,00%. Tasa Efectiva Anual 0,00%.” La duda se encontraba en la frase “por cada $1.000“.
Realmente, esa parte de la frase no es muy afortunada, ya que se presta a la confusión. Desde el blog hemos intentado salvar la duda con la entidad, pero no han sabido responder nuestras preguntas. En todo caso, y desde el sentido común, el costo de la operación será el informado, por $ 1.000 o por $10.000. Ese costo no es acumulativo, por lo que no se puede sumar 3,01% + 3,01% + 3,01% por una operación de $3.000.-
Puede suceder que el costo del seguro de vida sufra variaciones de acuerdo al importe asegurado, pero siempre se tiene que encontrar en los rangos antedichos, esto es, no más del 0,45% o 0,50% mensual.
En fin. Los mantendremos informados si tenemos alguna novedad.
Las compras en cuotas siempre traen informado -por obligacion legal- el Costo Financiero Total. Ya hemos explicado de que se trataba el CFT, pero podemos resumir que en él se encuentran comprendidos el costo total de la operación, incluyendo interés, gastos administrativos y seguro de vida.
Todas las compras en cuotas trae aparejado el pago de un seguro de vida sobre el saldo deudor de la operación. Para que usted pueda comparar, le ofrecemos la comparativa de Costos Financieros Totales (costo por año) para operaciones en cuotas sin interés. Cuando se informa, también le acercamos el dato del seguro de vida:
Muchas veces nos cansamos del manoseo al que somos objeto los consumidores, no solo por gastos mal cobrados o seguros abusivos cobrados en las tarjetas de crédito, sino con otras empresas de servicios, inmobiliarias, bancos, etc.
La Ley de Defensa del Consumidor nos ampara frente a abusos de esas empresas, y para hacer algún reclamo correspondiente, nos tenemos que acercar a las oficinas de Defensa del Consumidor correspondientes a la jurisdicción donde ocurrió el hecho denunciado, tal como la compra de un producto o la firma de un contrato.
También, y para los hechos de consumo ocurridos en todo el país, se puede realizar la denuncia ante los Tribunales Arbitrales de Consumo, en la Av. Julio A. Roca 651, PB, Sector 8, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La documentación que debemos presentar para que nuestro reclamo sea tenido en cuenta es:
datos y domicilio del denunciante
datos y domicilio del denunciado
nota explicando los hechos sucedidos. Esta nota debe ser clara y concisa.
toda la documentación relativa a la contratación del servicio (contrato, anexos, factura de compra, numeros de reclamo, etc.)
notas, Cartas Documento o similares enviadas o recibidas por usted
Los originales de toda esta documentación deben ser acompañados con dos copias de las mismas. Es importante tener en cuenta que antes de acudir a Defensa del Consumidor usted deberá haber agotado todos los procedimientos administrativos con la empresa.
El plazo para realizar el reclamo en las oficinas de defensa del consumidor es de tres años desde la fecha del servicio o compra. Y, por experiencia propia, se que funciona, así que se los recomiendo. Eso sí, debe tener tiempo para poder ir a reclamar.
Los lectores se encuentran muy activos, y sepan que intentamos darle solución a cada consulta. En este caso, la cuestión es esta: ¿Es necesario cancelar una deuda para pedir la baja?
Menuda pregunta. La Ley de Defensa del Consumidor, que es algo así como la Constitución de las relaciones empresas-consumidores (debe ser por ello que esta ley se viola tan seguido) establece que la baja del servicio se puede dar por las vías contractuales estipuladas o por algún otro modo fehaciente, y que la misma no puede estar condicionada por el pago de las deudas ya que éstas podrán ser reclamadas por la vía que corresponda, sea administrativa o judicial.
Dicho de otra manera, primero me doy de baja y luego pago la deuda cuando me la reclamen o cuando pueda. Si desea saber donde está normado esta cláusula salvadora, aquí va: Resolución S.C.D. y D.C. Nº53/2003 Anexo, inc. h).
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