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¿Que pasa si no pago el mínimo de la Tarjeta de Crédito?

Aquellos que no paguen su deuda, ni siquiera el pago mínimo, tendrán mayores problemas que una tasa de interés alta. Por lo pronto, el banco deja de autorizar nuevas compras dentro de un plazo que puede ir desde las 72hs hasta los 20 días contados del vencimiento del resumen de cuenta.

A los 30 días del impago, el cliente entra en fase de cobranzas. Esto significa que le asignan un cobrador -en general, se terceriza este servicio a estudios de abogados- que intentará cobrar la deuda ofreciendole planes de pagos o refinanciaciones.

Mientras se encuentre dentro de los 30 días, el deudor se encontrará en situación 1 o “normal” en el Veraz. Cumplido el plazo, cuando vence el próximo resumen de cuenta, el usuario pasa a situación 2 o “Moroso” para el Sistema Financiero, lo que implica complicaciones para acceder a créditos en cualquier banco de Argentina.

Por cada día de atraso, además de pagar intereses resarcitorios (dependiendo de la tarjeta y el banco, varía entre el 24% y el 60%), el deudor pagará también intereses punitorios, estos a una tasa de entre el 13% y el 40%. O sea: pagará entre un 39% y un 100% anual de intereses acumulados por cada día que pase del vencimiento.

Resumiendo un poco, cuando nos llegue el Resumen de Cuenta (tambien podemos ver el resumen online de la tarjeta), debemos hacer todo lo posible para pagarlo. Si no podemos con todo, aunque sea el pago mínimo de la tarjeta, y no usar mas la tarjeta hasta tanto se pague la deuda. Y si no puede hacerlo, no utilice una tarjeta de crédito. Puede acarrearle muchos problemas que persisten por años.

Aqui le acercamos un video explicativo de la gente de Dinero y Finanzas, que trata acerca de lo que tenemos que tener en cuenta para comprar con tarjetas de credito.

Pago Minimo Tarjetas de Crédito

Las tarjetas de crédito son casi la única forma de financiación al consumo que existe. Esta financiación es escogida por sobre los préstamos bancarios por su rapidez, ausencia de requisitos y facilidad de obtención.

Esto es así porque, a la hora de pagar el resumen de cuenta, una alternativa que dan las tarjetas de crédito es abonar solo un porcentaje de la deuda que, por lo general, es del 10%, aunque en algunos casos puede ser superior porque algunos bancos no incluyen para su calculo las compras que el cliente haya realizado en cuotas.

Si el usuario opta por pagar el mínimo, tenga en cuenta que esto disminuira el poder de compra para el próximo resumen de cuenta. Asimismo, como nada es gratis, la deuda pendiente acarreará intereses a tasas de interés elevadas, que según el plástico y el banco emisor puede variar entre 24% y hasta el 60% en algunos casos.

Pagar el mínimo puede acarrear otras consecuencias. Los bancos, en general, realizan una evaluación permanente de sus clientes de tarjetas de crédito, y la recurrencia del cliente en pagar el mínimo puede reducir su límite de crédito.

El mismísimo Banco Central avisa acerca de la inconveniencia de acostumbrarse a pagar siempre el mínimo en las tarjetas. Pero si no hay otra alternativa, no queda otra que endeudarse.

Reclamos en Defensa del Consumidor

Muchas veces nos cansamos del manoseo al que somos objeto los consumidores, no solo por gastos mal cobrados o seguros abusivos cobrados en las tarjetas de crédito, sino con otras empresas de servicios, inmobiliarias, bancos, etc.

La Ley de Defensa del Consumidor nos ampara frente a abusos de esas empresas, y para hacer algún reclamo correspondiente, nos tenemos que acercar a las oficinas de Defensa del Consumidor correspondientes a la jurisdicción donde ocurrió el hecho denunciado, tal como la compra de un producto o la firma de un contrato.

También, y para los hechos de consumo ocurridos en todo el país, se puede realizar la denuncia ante los Tribunales Arbitrales de Consumo, en la Av. Julio A. Roca 651, PB, Sector 8, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La documentación que debemos presentar para que nuestro reclamo sea tenido en cuenta es:

  • datos y domicilio del denunciante
  • datos y domicilio del denunciado
  • nota explicando los hechos sucedidos. Esta nota debe ser clara y concisa.
  • toda la documentación relativa a la contratación del servicio (contrato, anexos, factura de compra, numeros de reclamo, etc.)
  • notas, Cartas Documento o similares enviadas o recibidas por usted

Los originales de toda esta documentación deben ser acompañados con dos copias de las mismas. Es importante tener en cuenta que antes de acudir a Defensa del Consumidor usted deberá haber agotado todos los procedimientos administrativos con la empresa.

El plazo para realizar el reclamo en las oficinas de defensa del consumidor es de tres años desde la fecha del servicio o compra. Y, por experiencia propia, se que funciona, así que se los recomiendo. Eso sí, debe tener tiempo para poder ir a reclamar.

Baja de Tarjetas de Crédito

Los lectores se encuentran muy activos, y sepan que intentamos darle solución a cada consulta. En este caso, la cuestión es esta: ¿Es necesario cancelar una deuda para pedir la baja?

Menuda pregunta. La Ley de Defensa del Consumidor, que es algo así como la Constitución de las relaciones empresas-consumidores (debe ser por ello que esta ley se viola tan seguido) establece que la baja del servicio se puede dar por las vías contractuales estipuladas o por algún otro modo fehaciente, y que la misma no puede estar condicionada por el pago de las deudas ya que éstas podrán ser reclamadas por la vía que corresponda, sea administrativa o judicial.

Dicho de otra manera, primero me doy de baja y luego pago la deuda cuando me la reclamen o cuando pueda. Si desea saber donde está normado esta cláusula salvadora, aquí va: Resolución S.C.D. y D.C. Nº53/2003 Anexo, inc. h).

Tarjetas de Crédito sin solicitar

Nos ha llegado la siguiente pregunta de un lector: ¿Qué hago si me mandan una tarjeta de crédito que no solicité?

Este es un hecho muy molesto, que incluso se haya penado por la Ley de Defensa del Consumidor. Pero vamos por partes.

Si le envían una tarjeta de crédito y no genera ningún cargo o comisión, no existe infracción. En caso contrario, si le genera algún cargo automático que lo obligue como consumidor a manifestarse por la negativa, la entidad bancaria está violando la Ley de Defensa del Consumidor. Sepa que esos cargos son ilegítimos y no está obligado a pagarlos.

Puede suceder que usted no haya solicitado la tarjeta pero le interesa conservarla. En este caso, se recomienda que se presente en el banco y solicite la firma del correspondiente contrato solicitando una copia del mismo, que obviamente debe leer antes.

Generalmente, la tarjeta le llega con un sticker que dice que debe llamar a un número telefónico para activarla. Si no le interesa la tarjeta, no llame nunca allí, ya que no le darán respuesta y puede suceder que a raíz de ese llamado se le active la tarjeta y comience a pagar gastos.

Si le llega una tarjeta y no la quiere, sencillamente agarre una tijera y córtela por la mitad. Quizá le caiga algún lagrimón, pero ¿para que necesita otra tarjeta?

Guía del usuario de tarjetas

En esta Guía del Usuario de Tarjetas de Crédito y de Débito, iremos agregando paulatinamente distintos puntos a tener en cuenta por todos los que usamos estos productos financieros.

Esta guía estará en constante expansión, y si usted tiene alguna pregunta, no dude en plantearla a Financial Red Canal Argentina, y desde aquí le responderemos a la brevedad.

Aquí van los post más interesantes y más útiles para los usuarios de tarjetas:

Bienvenido a MejoresTarjetas.com.ar, el blog sobre tarjetas de credito donde podremos encontrar noticias de finanzas, analisis y comparativa de las tarjetas de credito del mercado.

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